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23/08/2024
LOS TAPONES Y TAPAS DE PLÁSTICO PERMANECERÁN UNIDOS A LOS ENVASES DE BEBIDAS
El 30 de mayo de 2023 se aprobó la Decisión de Ejecución (UE) 2023/1060 de la Comisión, de 30 de mayo de 2023, relativa a una norma armonizada aplicable a los métodos de ensayo y requisitos para demostrar que los tapones y tapas de plástico permanecen unidos a los envases de bebidas, elaborada en apoyo de la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Todo ello como resultado, de la presentación de la propuesta ante el Comité Europeo de Normalización (CEN) quien ha elaborado una nueva norma armonizada, EN 17665:2022+A1:2023, relativa a determinados envases de bebidas de plástico de un solo uso con una capacidad de hasta tres litros con tapones y tapas de plástico, en apoyo del artículo 6, apartado 1, de la Directiva (UE) 2019/904.
Para garantizar que los fabricantes tuviesen tiempo suficiente para adaptar sus cadenas de producción y cumplir con este requisito de diseño, la entrada en vigor de la normativa se pospuso hasta el día 3 de julio de 2024.
Por tanto a partir de esa fecha todos los productos enumerados a continuación estarán afectados por la norma armonizada:
“Todos los recipientes para bebidas de hasta tres litros de capacidad, es decir, recipientes utilizados para contener líquidos, como las botellas para bebidas, incluidos sus tapas y tapones, y los envases compuestos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones.”
Quedando excluidos del ámbito de aplicación de la norma:
Para más información podéis consultar la normativa en cuestión:
Directiva (UE) 2019/904
Decisión de Ejecución (UE) 2023/1060
Todo ello como resultado, de la presentación de la propuesta ante el Comité Europeo de Normalización (CEN) quien ha elaborado una nueva norma armonizada, EN 17665:2022+A1:2023, relativa a determinados envases de bebidas de plástico de un solo uso con una capacidad de hasta tres litros con tapones y tapas de plástico, en apoyo del artículo 6, apartado 1, de la Directiva (UE) 2019/904.
Para garantizar que los fabricantes tuviesen tiempo suficiente para adaptar sus cadenas de producción y cumplir con este requisito de diseño, la entrada en vigor de la normativa se pospuso hasta el día 3 de julio de 2024.
Por tanto a partir de esa fecha todos los productos enumerados a continuación estarán afectados por la norma armonizada:
“Todos los recipientes para bebidas de hasta tres litros de capacidad, es decir, recipientes utilizados para contener líquidos, como las botellas para bebidas, incluidos sus tapas y tapones, y los envases compuestos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones.”
Quedando excluidos del ámbito de aplicación de la norma:
- Los recipientes para bebidas de vidrio o de metal con tapas y tapones hechos de plástico
- Los recipientes para bebidas destinados y utilizados para alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el artículo 2, letra g), del Reglamento (UE) n. o 609/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, que estén en estado líquido.
Para más información podéis consultar la normativa en cuestión:
Directiva (UE) 2019/904
Decisión de Ejecución (UE) 2023/1060
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