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06/06/2025
SANCIONES POR NO CUMPLIR CON LA RAP EN ENVASES
A finales del mes de mayo de 2025 desde el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITECO) se informó sobre la ampliación del plazo para reportar la información sobre los tipos y cantidades de envases puestos en el mercado nacional con carácter extraordinario e improrrogable para que aquellas empresas que no hubiesen reportado los datos en el año 2024. De manera que las empresas pueden reportar esta información desde el 1 al 16 de junio de 2025, ambos inclusive.
Así mismo, aquellas empresas que estando inscritas en el Registro de Productores de Producto y que no reporten dicha información en el nuevo plazo, estarán incumplimiento con lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto1055/2022, de 27 de diciembre, cometiendo una infracción grave de conformidad con lo establecido en el artículo 108.3.ac) la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular y pudiendo conllevar multas desde 2.001 hasta 100.000 € (en el caso de residuos no peligrosos).
Por tanto, aquellas empresas que todavía no hayáis reportado la información, podéis hacerlo en el nuevo plazo.
Así mismo, aquellas empresas que estando inscritas en el Registro de Productores de Producto y que no reporten dicha información en el nuevo plazo, estarán incumplimiento con lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto1055/2022, de 27 de diciembre, cometiendo una infracción grave de conformidad con lo establecido en el artículo 108.3.ac) la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular y pudiendo conllevar multas desde 2.001 hasta 100.000 € (en el caso de residuos no peligrosos).
Por tanto, aquellas empresas que todavía no hayáis reportado la información, podéis hacerlo en el nuevo plazo.