Servicios
Consultoría
Desde SUN REPACK prestamos el servicio de consultoría en materia de envases a todas las empresas asociadas así como también brindamos asesoramiento a empresas independientes que puedan tener dudas o consultas en este sentido. Todo ello, con la finalidad de que todos ellos puedan cumplir con sus obligaciones de acuerdo con la normativa vigente.
Entre los servicios de consultoría, asesoramos a las empresas en los siguientes ámbitos:
1. Aplicación del impuesto de plástico no reutilizable
El Impuesto sobre envases de plástico no reutilizables es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre la utilización en territorio español de envases no reutilizables que contengan plástico, tanto si se presentan vacíos como si se presentan conteniendo, protegiendo, manipulando, distribuyendo y presentando mercancía.
El ámbito de aplicación del tributo es en todo el territorio español.
Concretamente, el tipo impositivo aplicable es de 0,45 euros por kilogramo de plástico no reciclado contenida en los productos objeto del impuesto.
Se trata de un impuesto que afecta a todas las empresas que se dedican a la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o tenencia irregular de productos que forman parte del ámbito objetivo.
Desde comienzos de 2024 los kilogramos de plástico no reutilizable deberán estar acreditados por una entidad certificadora.
2. Envases y residuos de envases
Tras la entrada en vigor de la Ley 7/2022 y del RD 1055/2022, de 27 de diciembre, sobre envases y residuos de envases, todas las empresas consideradas como Productores deberán inscribirse en el Registro de Productores de Producto de Envases y Residuos de Envases del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITERD).
El objeto de ambas normativas consite en establecer el régimen jurídico aplicable a los envases y residuos de envases con el objetivo de prevenir y reducir su impacto en el medio ambiente a lo largo de todo su ciclo de vida.
¿QUIÉN ES PRODUCTOR DE ENVASES?
• Los envasadores o los agentes económicos dedicados a la importación o adquisición en otros Estados miembros de la Unión Europea de productos envasados para su puesta en el mercado
• Cuando, en los productos envasados puestos en el mercado mediante marcas de distribución, no se identifique al productor de producto, ejercerá como tal el titular de la marca de distribución con sede en España bajo la cual se comercialice el producto.
• De igual forma, en el caso de aquellos productos envasados por encargo de un tercero que actúa como responsable de su puesta en el mercado, ejercerá este último como productor de producto.
• Cuando a través de las plataformas de comercio electrónico se introduzcan en el mercado productos envasados procedentes de fuera de España y el productor no haya designado representante autorizado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2, dicha plataforma actuará, subsidiariamente, como productor de producto a efectos de las obligaciones financieras y de información, así como organizativas cuando proceda, reguladas en este real decreto, respecto de esos envases.
Registro de Productores de Producto
Desde SUN REPACK realizamos la gestión administrativa que consiste en tramitar el alta en el Registro de Productor de Producto en nombre de las empresas.
También notificamos el reporte de datos de las comunicaciones al Ministerio en los plazos establecidos tras revisar que los datos sean correctos y veraces. Para facilitar que las empresas sepan hacer las comunicaciones, SUN REPACK realiza webinars específicos y para ello también ha elaborado una guía explicativa paso por paso para que resulte lo más sencillo posible.
Ecodiseño
Recientemente se han publicado la siguiente normativa en materia de envase y concretamente en diseño ecológico:
- Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los envases y residuos de envases, por el que se modifican el Reglamento (UE) 2019/1020 y la Directiva (UE) 2019/904, y se deroga la Directiva 94/62/CE.
- Reglamento (UE) 2024/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos sostenibles, se modifican la Directiva (UE) 2020/1828 y el Reglamento (UE) 2023/1542 y se deroga la Directiva 2009/125/CE.
Con esta normativa se pretende que las empresas fabricantes y aquellas que les compran a estos, apuesten por diseñar productos más duraderos, reparables y de fácil gestión.
En vista de la necesidad que plantean estos reglamentos, desde SUN REPACK colaboramos con centros e institutos tecnológicos especializados en materia de envases para dar una solución a las empresas en cuanto al diseño de sus productos. Todo ello, partiendo del modelo base en el que se analiza previamente los aspectos a mejorar y se propone medidas para rediseñar el producto y que este sea más sostenible.
Entre los servicios de consultoría, asesoramos a las empresas en los siguientes ámbitos:
1. Aplicación del impuesto de plástico no reutilizable
El Impuesto sobre envases de plástico no reutilizables es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre la utilización en territorio español de envases no reutilizables que contengan plástico, tanto si se presentan vacíos como si se presentan conteniendo, protegiendo, manipulando, distribuyendo y presentando mercancía.
El ámbito de aplicación del tributo es en todo el territorio español.
Concretamente, el tipo impositivo aplicable es de 0,45 euros por kilogramo de plástico no reciclado contenida en los productos objeto del impuesto.
Se trata de un impuesto que afecta a todas las empresas que se dedican a la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o tenencia irregular de productos que forman parte del ámbito objetivo.
Desde comienzos de 2024 los kilogramos de plástico no reutilizable deberán estar acreditados por una entidad certificadora.
2. Envases y residuos de envases
Tras la entrada en vigor de la Ley 7/2022 y del RD 1055/2022, de 27 de diciembre, sobre envases y residuos de envases, todas las empresas consideradas como Productores deberán inscribirse en el Registro de Productores de Producto de Envases y Residuos de Envases del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITERD).
El objeto de ambas normativas consite en establecer el régimen jurídico aplicable a los envases y residuos de envases con el objetivo de prevenir y reducir su impacto en el medio ambiente a lo largo de todo su ciclo de vida.
¿QUIÉN ES PRODUCTOR DE ENVASES?
• Los envasadores o los agentes económicos dedicados a la importación o adquisición en otros Estados miembros de la Unión Europea de productos envasados para su puesta en el mercado
• Cuando, en los productos envasados puestos en el mercado mediante marcas de distribución, no se identifique al productor de producto, ejercerá como tal el titular de la marca de distribución con sede en España bajo la cual se comercialice el producto.
• De igual forma, en el caso de aquellos productos envasados por encargo de un tercero que actúa como responsable de su puesta en el mercado, ejercerá este último como productor de producto.
• Cuando a través de las plataformas de comercio electrónico se introduzcan en el mercado productos envasados procedentes de fuera de España y el productor no haya designado representante autorizado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2, dicha plataforma actuará, subsidiariamente, como productor de producto a efectos de las obligaciones financieras y de información, así como organizativas cuando proceda, reguladas en este real decreto, respecto de esos envases.
Registro de Productores de Producto
Desde SUN REPACK realizamos la gestión administrativa que consiste en tramitar el alta en el Registro de Productor de Producto en nombre de las empresas.
También notificamos el reporte de datos de las comunicaciones al Ministerio en los plazos establecidos tras revisar que los datos sean correctos y veraces. Para facilitar que las empresas sepan hacer las comunicaciones, SUN REPACK realiza webinars específicos y para ello también ha elaborado una guía explicativa paso por paso para que resulte lo más sencillo posible.
Ecodiseño
Recientemente se han publicado la siguiente normativa en materia de envase y concretamente en diseño ecológico:
- Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los envases y residuos de envases, por el que se modifican el Reglamento (UE) 2019/1020 y la Directiva (UE) 2019/904, y se deroga la Directiva 94/62/CE.
- Reglamento (UE) 2024/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos sostenibles, se modifican la Directiva (UE) 2020/1828 y el Reglamento (UE) 2023/1542 y se deroga la Directiva 2009/125/CE.
Con esta normativa se pretende que las empresas fabricantes y aquellas que les compran a estos, apuesten por diseñar productos más duraderos, reparables y de fácil gestión.
En vista de la necesidad que plantean estos reglamentos, desde SUN REPACK colaboramos con centros e institutos tecnológicos especializados en materia de envases para dar una solución a las empresas en cuanto al diseño de sus productos. Todo ello, partiendo del modelo base en el que se analiza previamente los aspectos a mejorar y se propone medidas para rediseñar el producto y que este sea más sostenible.
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